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Madrid legisla sobre desfibriladores

By Caryosa

Madrid, otra comunidad que legisla sobre desfibriladores

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La Comunidad de Madrid, sexta comunidad con normativa para desfibriladores externos

Hace unos meses la Comunidad de Madrid redactó el borrador del decreto para la regulación de la instalación e uso de los desfibriladores externos por personal no sanitario.

<Además, el borrador de esta normativa, contempla el control de los desfibriladores instalados a partir de la creación de un censo o registro de los mismos en la Consejería de Sanidad de la comunidad.

Este borrador ha sido finalmente aprobado por el Consejo de Gobierno y, a falta de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), todo apunta a que será el decreto definitivo.

Espacios con aforo elevado, obligados a contar con desfibriladores externos

Después de la legislación sobre la instalación y el uso de desfibriladores externos por personal no sanitario en Andalucía, Cataluña, Canarias, País Vasco y Asturias, finalmente ha sido Madrid la siguiente comunidad en sumarse a la regulación de la cardioprotección de su territorio con esta nueva normativa.

La nueva legislación obligará a la instalación de desfibriladores en determinados espacios, tanto públicos como privados, que albergen o por el que transiten un elevado número de personas diariamente.

Pendiente de la publicación definitiva del decreto en el BOCM, hecho que será inminente en los próximos días, desde Caryosa Cardioprotección y a modo de resumen, a continuación os parafraseamos el texto publicado al respecto de los espacios y establecimientos que se verán directamente afectados por la entrada en vigor de esta nueva normativa sobre cardiprotección y uso de los desfibriladores en la Comunidad de Madrid.

“[…] tendrán que tener desfibriladores automáticos o semiautomáticos los grandes establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de autobuses y ferrocarril en poblaciones de más de 50.000 habitantes; y las estaciones de metro, ferrocarril y autobús con una afluencia media diaria igual o superior a 1.000 personas. También los establecimientos dependientes de las administraciones públicas en poblaciones de más de 50.000 habitantes y con una afluencia media diaria igual o superior a 1.000 usuarios.

Asimismo, tendrán que tener desfibrilador las instalaciones, centros o complejos deportivos en los que el número de usuarios diarios sea igual o superior a 500 personas; los centros educativos; los centros de trabajo con más de 250 trabajadores, los establecimientos hoteleros con más de 100 plazas y los centros residenciales de mayores de más de 200 plazas.

Podrán utilizar los desfibriladores externos el personal sanitario y los técnicos en emergencias sanitarias. No obstante, en el caso de que no se encuentre algún profesional de estos colectivos, y al objeto de aumentar las posibilidades de supervivencia, cualquier ciudadano podrá utilizar un desfibrilador automático siguiendo sus instrucciones, tras haber contactado previamente al inicio de las actuaciones con los Servicios de Emergencias a través del teléfono 112.

Entrada en vigor de la normativa

Tal y como se indica en el borrador del próximo decreto “los organismos, instituciones o empresas que tengan que disponer de un desfibrilador dispondrán de un periodo de 12 meses desde la entrada en vigor del decreto, tras su publicación en el BOCM, para proceder a su instalación. Aquellos que ya dispongan de alguo de estos aparatos tendrán un plazo de tres meses para adaptarse al resto de disposiciones contenidas en la norma

Esta nueva legislación y normativa sobre la cardioprotección de la Comunidad de Madrid, transformará la comunidad en un nuevo territorio cardioprotegido con desfibriladores externos y preparado para salvar vidas, ya que solo en la Comunidad de Madrid, el pasado año se produjeron unas 1350 paradas cardio respiratorias, es decir, casi 4 casos al día.

La Administración madrileña, la primera en cardioprotegerse

Con la próxima entrada en vigor de la norma y la instalación masiva de desfibriladores para proteger la Comunidad de Madrid ante la muerte súbita, la Administración de la Comunidad tiene prevista la instalación de unos 2.100 desfibriladores externos en instalaciones de las consejerías.

Para la cardioprotección e instalación de estos aparatos, la Comunidad tiene previsto un presupuesto de alrededor a 1,6 millones de euros, y así cardioproteger a sus trabajadores y a sus usuarios frente a posibles paradas cardio respiratorias.

Desde Caryosa Cardioprotección queremos felicitar a la Comunidad de Madrid por legislar sobre cardioprotección y por redactar esta normativa que regulará la instalación y uso de los desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos por personal no sanitario y que estamos seguros que salvará muchas vidas, lo que realmente importa.

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