Legislación sobre cardioprotección
Conozca la normativa sobre cardioprotección y uso de los desfibriladores externos DEA y DESA que regula su Comunidad Autónoma
Normativa sobre cardioprotección y el uso de los desfibriladores externos automáticos y desfibriladores externos semiautomáticos.
La normativa sobre cardioprotección queda regulada en el ámbito de la comunidad autónoma. En materia de cardioprotección de espacios públicos y privados, cada vez más los organismos públicos están tomando el protagonismo que les corresponde y, día a día, van saliendo más normativas, regulaciones y recomendaciones sobre el uso de los desfibriladores externos automáticos y de los desfibriladores externos semiautomáticos, así como sobre la obligatoriedad de su instalación en espacios donde alberguen o transiten un determinado número de personas.
La cada vez más concienciación de organismos y administraciones públicas, a nivel nacional y a nivel local, así como empresas privadas de todos los sectores en cuanto a la cardioprotección y la importancia de instalar desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos, hace que actualmente, y según dispone el Real Decreto 365/2009, cada comunidad autonóma establece las normas y las recomendaciones de manera independiente.
Este hecho hace que encontrar la información sobre legislación o normativa de los desfibriladores externos DEA y DESA, así como sobre las recomendaciones en cuanto a la cardioprotección de espacios públicos y privados, no resulte fácil.
Siguiendo con nuestra línea de informar de forma clara sobre cardioprotección y el uso de los desfibriladores externos DEA y DESA, en este post os tratamos de explicar como está la legislación de cardioprotección de espacios públicos y privados, así como las recomendaciones en cuanto a la instalación y uso del desfibrilador externo automático DEA y DESA, fuera de los entornos hospitalarios.
Normativa del Ministerio de Sanidad y Consumo sobre la utilización e instalación de desfibriladores automáticos y semiautomáticos
El Ministerio de Sanidad y Consumo, por medio del Real Decreto 365/2009 del 20 de marzo de 2009, establece una normativa básica común a nivel estatal en cuanto a las recomendaciones y requisitos mínimos de seguridad en la utilización e instalación de desfibriladores automáticos y semiautomáticos fuera de los entornos hospitalarios, y dispone que corresponde a las diferentes autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma a establecer la legislación para la cardioprotección.
Actualmente existen ya son 8 comunidades autónomas (Cataluña, Andalucía, País Vasco, Islas Canarias, Asturias, Madrid, Valencia y, la última, Castilla La Mancha) que han establecido la obligatoriedad de la instalación de desfibriladores externos automáticos en determinados espacios fuera del ámbito sanitario.
¿Qué comunidades autónomas disponen de normativa obligatoria para el uso de los desfibriladores externos?
La primera comunidad en legislar en materia de cardioprotección y uso de los desfibriladores externos fuera de los entornos hospitalarios por personal no sanitario fue la Comunidad Autónoma de Andalucía. El gobierno de Andalucía fue el primero en tomar la iniciativa y, de acuerdo a las recomendaciones que establecía la normativa estatal sobre el uso de desfibriladores a través del Real Decreto 365/2009, redactó la normativa y legisló sobre el uso de desfibriladores externos por medio del decreto 22/2012, de 14 de febrero de 2012.
Unos meses más tarde, en noviembre del mismo año, fue Cataluña la que decidió dar un paso más , y publicar su propia normativa sobre cardioprotección a través de la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat del Decreto 151/201, de 20 de noviembre.
Desde la publicación del decreto de Catalunya y hasta mediados del 2015 el resto de comunidades autónomas no se manifestaron al respecto del uso de los desfibriladores por personal no médico, pero algunas de ellas ya estaban elaborando sus propias normativas. Así que, finalmente, Canarias, desde el lunes 6 de julio de 2015, se ha convertido en la cuarta comunidad autónoma en establecer un decreto por el que aprueba el reglamento que se regula la utilización de desfibriladores semiautomáticos (DESA) y desfibriladores automáticos externos DEA (Decreto 157/2015) en su territorio.
Después de Canarias y con todo el tiempo transcurrido desde la publicación de la primera normativa de Andalucía, ya son varias comunidades autónomas que han redactado y ya han lanzado o están a punto de lanzar sus propios decretos en materia de cardioprotección y desfibriladores externos.
En el principado de Asturias, la normativa que regula la instalación y el manejo de los equipos de desfibrilación externa por personal no sanitario, fue publicado en septiembre del pasado año 2016 y es el Decreto 54/2016, convirtiendo a Asturias en la quinta autonomía en legislar.
Desde el 14 septiembre del pasado año 2016, la Comunidad de Madrid es la sexta autonomía en publicar una normativa que legisla el uso de los desfibrildores externos en su territorio. La Comunidad de Madrid indica las condiciones y requisitos que deben cumplir los espacios para la instalación de los desfibriladores externos y su uso por personal no sanitario en el Decreto 78/2017, de 12 de septiembre.
Posteriormente ha sido la Comunidad de Valencia, que aunque es una de las normativas menos exigentes, ya dispone del Decreto 159/2017, de 6 de Octubre de 2017, para regular el uso de los desfibriladores externos en su territorio.
La última y más reciente normativa ha sido la de la comunidad autónoma de Castilla La Mancha, que recientemente ha publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, el Decreto 4/2018 de 22 de enero, y ya cuenta con su propia normativa para la instalación y uso de los desfibriladofres externos fuera de los centros hospitalarios.
Por el momento, el resto de comunidades disponen una serie de recomendaciones para la cardioprotección que en breve pasarán a legislar, como vamos comprobando, con las últimas y más recientes normativas sobre cardioprotección y uso de desfibriladores externos en la Comunidad Autónoma de Valencia y, la última, Castilla y La Mancha.